El Ministerio de Salud inció este miércoles el proceso de empadronamiento de pacientes con de hipertensión arterial y diabetes, con el objetivo de asegurar y garantizar el tratamiento de los pacientes crónicos.

«Desde el punto de de ordenamiento podremos programar las compras de medicamentos para cada año y desde el punto de vista médico clínico tendremos la información para el manejo de la patología crónica, con los indicadores de cada paciente, de cada lugar a nivel nacional», destacó el viceminsitro de Rectoría y Vigilancia de la Salud, José Ortellado, en el acto realizado  en el Centro de Especialidades Cardiovasculares y Enfermedades Crónicas de Ypané.

El empadronamiento es una estrategia que «evidentemente» beneficiará a los pacientes, que van a tener mayor disponibilidad de consultorio y van a poder retirar los medicamentos sin estar en una lista de espera, añadió el viceministro.

Para el sistema de Salud, permitirá aprovechar el uso de los sistemas de informatización y nominación a cada paciente y de esa forma vigilar y monitorizar los indicadores. «No va a haber recetas de pasillo, va a facilitar el manejo del paciente en cada institución, y a partir de ahí cada paciente del país tendrá la garantía de acceso a su medicación», dijo.

Inicialmente, el empadronamiento se realizará en seis servicios de salud, tres de Asunción (hospital general Barrio Obrero, Centro de Salud N° 9, Centro de Salud N° 10), y tres en Central (Centro de Especialidades Cardiovasculares y Enfermedades Crónicas de Ypané, hospital general de San Lorenzo y hospital distrital de Limpio).

Posteriormente se irá extendiendo en los demás establecimientos que cuenten con el Sistema de Información en Salud (HIS) y el Sistema de Información y Control de Inventarios Automatizado del Paraguay (SICIAP).

¿Quiénes serán empadronados?

Las personas con hipertensión arterial, definida por el médico tratante, cuyo criterio de diagnóstico sea la presión arterial mayor o igual a 140/90mmHg.

Las personas conocidas con diabetes tipo 1 y diabetes tipo 2, con los siguientes criterios de diagnósticos:

•Glucosa en plasma en ayunas (8 horas o más en ayunas), mayor o igual a 126 mg/dl.

•Glucosa en plasma mayor o igual a 200 mg/dl 2 horas post TTGO.

•HbA1c (examen de sangre para la diabetes tipo 2 y prediabetes) mayor o igual a 6.5%.

•Glucosa en plasma al azar mayor o igual a 200 mg/dl en presencia de síntomas clásicos de hiperglucemia (pérdida de peso, poliuria, polidipsia, polifagia).

•DM1 (diabetes Mellitus tipo 1) ingresados en el registro nacional de diabetes tipo 1.

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *