MEC advierte a colegios: no pueden negar derecho a examen por mora en cuotas
MEC advierte a colegios: no pueden negar derecho a examen por mora en cuotas
Las instituciones educativas de gestión privada no podrán, por razones de mora en el cumplimiento de las obligaciones de pago por servicios educativos de parte de los responsables de los alumnos:
Denegar el derecho a exámenes parciales o finales, retener libretas de calificaciones, hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles ni hacer decaer los plazos de las cuotas vencidas.
Tampoco podrán establecer cualquier otra medida que pudiera afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.
Estas disposiciones se respaldan en el artículo 2° de la ley 5738/16, recordó el Ministerio de Educación.
Los colegios privados que incumplan estas medidas se exponen a sanciones de cinco a 50 salarios mínimos legales.
Related Post
Autorizan oficialización de “Yo Creo” como partido político
El Tribunal Electoral de la Capital reconoció oficialmente al partido “Yo Creo Conciencia Democrática Nacional”, [...]
Presidente oficializa feriado del 26 de diciembre, añadiendo un día para compartir en las fiestas
El presidente de la República, Santiago Peña, informó que firmó el decreto N° 5040, por [...]
Con ambiente contaminado por el humo, se esperan máximas de hasta 41℃ en la Región Oriental
Con ambiente contaminado por el humo, se esperan máximas de hasta 41℃ en la Región [...]