Juez confirma audiencia preliminar para exfiscal acusado por presunta coima

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El juez de garantías Rodrigo Estigarribia ratificó la recepción de la acusación y la convocatoria para llevar adelante la audiencia preliminar del exfiscal de Emboscada Bernardo Javier Elizaur Aguirre y su exauxiliar Lilian Andrea Florenciano Alfonso, acusados por supuestamente solicitar una coima a cambio de beneficiar con una salida procesal a un procesado por lesión grave.

La defensa del exfiscal Elizaur solicitó revocar y declarar la nulidad de la resolución del juez alegando que la Fiscalía adelantó la acusación cinco días antes del vencimiento del plazo fijado, sin el consentimiento expreso de las partes, vulnerando el derecho a la defensa y el debido proceso. Argumentó que la presentación anticipada cerró abruptamente la etapa preparatoria e impidió a la defensa realizar diligencias pendientes, especialmente una pericia informática sobre los dispositivos incautados.

Afirmó que, pese a que el Juzgado había admitido la designación de un perito de parte y sus puntos periciales, no se le permitió acceder oportunamente a los equipos ni realizar una extracción de datos independiente para controlar el trabajo del perito del Ministerio Público. También cuestionó que el juez rechazara la entrega de los dispositivos, bajo el argumento de que la extracción fiscal ya se había realizado y la información estaba disponible.

Por su parte, el juez Rodrigo Estigarribia sostuvo que la presentación anticipada de la acusación no vulneró el derecho de defensa, ya que el procedimiento se inició en octubre de 2025 y la defensa dispuso de aproximadamente un año para ejercer sus facultades durante la etapa preparatoria, sumado a que no se demostró ningún perjuicio en concreto.

Respecto de la pericia informática, señaló que el informe técnico fue presentado el 11 de septiembre pasado y que el Juzgado adoptó medidas para posibilitar el acceso de las partes. Sin embargo, la defensa no compareció y posteriormente se habilitó una nueva oportunidad a su solicitud. Por tanto, consideró que no puede sostenerse que el Juzgado haya impedido el ejercicio de ese derecho.

Tras rechazar el recurso de reposición, el magistrado remitió el expediente a la Cámara de Apelación a fin de que esta analice los argumentos expuestos y resuelva si ratifica o no la decisión adoptada por el juzgado penal de garantías.

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