El Ministerio de Salud anunció la reglamentación de la carga horaria y jornadas laborales para los profesionales médicos, ya sean permanentes o contratados.
Por medio de la Resolución N° 2.679/24, la ministra de Salud, María Teresa Barán, dispuso reglamentar la carga horaria y jornadas laborales para profesionales médicos con cargos permanentes o contratados, que cumplen funciones asistenciales o misionales en los servicios de salud dependientes del Ministerio de Salud.
En ese sentido, dicha Resolución señala que la carga horaria será asignada por cada vínculo permanente o contratado, en la siguiente modalidad:
– El profesional médico con carga permanente en el Ministerio de Salud, cumplirá una carga horaria de 12 horas semanales, por cada vínculo laboral.
– El profesional médico permanente o contratado con especialidad en Anestesiología, Medicina Crítica, Cuidados Intensivos, Terapia Intensiva Pediátrica y Neonatología, que cumplen funciones en servicios para adultos, pediatría o neonatología, cumplirá una carga de 12 hs semanales, por cada vínculo.
– El profesional médico contratado, cuya antigüedad con la cartera sanitaria sea igual o mayor a cinco años, cumplirá una carga de 12 hs semanales, por cada vínculo.
– El profesional médico contratado, cuya antigüedad con la cartera sanitaria sea menor a cinco años, y el personal que a la fecha sea incorporado como contratado, cumplirán la siguiente carga horaria por cada vínculo: primer vínculo, 24 horas; segundo vínculo, 12 horas y tercer vínculo, 12 horas semanales.
– El profesional médico con vínculo contractual con carga horaria de 36 horas semanales (equivalente a dos vínculos), con antigüedad mayor o igual a cinco años, cumplirá una carga de 24 hs semanales.
Y por último, el profesional médico vinculado a la Estrategia de Atención Primaria de la Salud, cumplirá una carga horaria de 36 horas semanales, en las modalidades establecidas en el Manual de Funciones Vigentes.